Al servicio del Rector Mayor y su Consejo, el Secretario General trabaja con una función notarial. Interviene, sin derecho de voto, en las reuniones del consejo y redacta las actas.
Es responsable de las oficinas de la secretaría general y del archivo central de la Compañía. Es nombrado por el Rector Mayor con el consentimiento de su Consejo y permanece ad nutum . (Const. 144)