A la atención de
Sr. Inspector
de los miembros del Consejo Provincial
Secretario Provincial
Ellos Oficina
Asunto: Procedimientos legales y administrativos
Estimado inspector y cohermanos
Espero que esté bien y que esté viviendo fructíferamente el año del bicentenario del nacimiento de nuestro querido padre y fundador Don Bosco.
Le escribo sobre la información y las prácticas legales y administrativas que el Provincial debe enviar al Rector Mayor y al Consejo General para su aprobación o, en cualquier caso, para hacer frente a situaciones difíciles o irregulares.
En el proyecto de seis años, el Rector Mayor y el Consejo General me pidieron que " permitiera a las Provincias preparar de manera correcta y profunda las prácticas relativas a dispensas, indultos, renuncias, secularizaciones, exclaustraciones " (Vicario 2.1.1.5). Una correcta, oportuna y completa preparación de las prácticas permite estudiar las distintas situaciones para evitar algunos inconvenientes; también permite enfrentar las dificultades e irregularidades de la vida de los cohermanos para no dejarlos sin resolver durante mucho tiempo.
La preparación de los documentos es parte de la acción gubernamental del Inspector; En estos tiempos se requiere más atención y cuidado. En este sentido, le ofrezco algunas indicaciones, especialmente en referencia a las prácticas que requieren la aprobación del Rector Mayor y el Consejo.
La preparación exacta de las diferentes prácticas no concierne principalmente a la organización adecuada; se refiere sobre todo a la fidelidad a nuestras Constituciones y Regulaciones Generales. Esta fidelidad nos ayuda a comprender y vivir plenamente las exigencias de la vida consagrada salesiana, así como a prevenir graves inconvenientes o abusos. Todos estamos llamados a esta fidelidad, incluidos el Rector Mayor y el Consejo General. En esto, los Superiores en varios niveles deben dar un buen ejemplo para todos los cohermanos.
Nuestra Congregación tiene una buena tradición al tratar con prácticas legales y administrativas. Esta tradición es el resultado de la experiencia y está codificada en el volumen publicado por nuestra Casa General, titulado "Elementos legales y práctica administrativa en el gobierno de la Provincia". En este libro, podemos encontrar maneras de abordar algunos problemas en la vida de la Provincia, llevar a cabo los procesos requeridos, preparar los formularios de solicitud, ... Este volumen no siempre se conoce o es poco consultado; Incluso con su ayuda, puedes enfrentar situaciones y evitar perder el tiempo.
En este momento estamos fortaleciendo la oficina jurídica, también con la ayuda de nuestros canonistas que se encuentran en la Universidad Pontificia Salesiana. Para comprender mejor las diferentes situaciones que requieren la instrucción de una práctica, es posible consultar al Coordinador de la Oficina don Pier Fausto Frisoli; dependiendo del caso, dirigirá las preguntas al Fiscal General Don Francesco Maraccani, a algunos de nuestros canonistas o al Secretario General; Informará al Vicario del Rector Mayor o, si es necesario, escuchará su opinión.
Para evitar la pérdida de archivos o la demora en su examen, deben enviarse a destinatarios específicos; no hay necesidad de enviarlos al Rector Mayor ni a los otros Consejeros. Todas las prácticas legales son enviadas al Secretario General; la administración general y las solicitudes de becas y ayudas para capacitación están dirigidas al Tesorero General; Las solicitudes de apoyo financiero para proyectos van al Concejal para misiones. Examinarán la integridad de la documentación, antes de enviarla a los Consejeros Regionales y luego presentarla al Rector Mayor y al Consejo General. La información inmediata sobre casos de abuso sexual de menores y sobre asuntos relacionados con la disciplina religiosa debe comunicarse al Vicario del Rector Mayor. En la medida de lo posible, es mejor enviar las solicitudes en formato pdf digital; Las solicitudes que deben dirigirse a la Santa Sede también se envían en papel.
Para asegurar que las prácticas, destinadas a obtener la aprobación del Rector Mayor y el Consejo General, sean conocidas y examinadas también por los Consejeros Regionales, normalmente y en la medida de lo posible, deben enviarse durante los meses de las sesiones plenarias del Consejo General, es decir Diciembre-enero y junio-julio. Las prácticas de dispensación del celibato requieren el juicio del Rector Mayor, pero no el voto del Consejo General; por lo tanto pueden llegar al Secretario General en cualquier momento.
Para abrir un nuevo trabajo, es necesario solicitar la autorización del Rector Mayor y del Consejo, indicando el tipo de trabajo que se abrirá, los destinatarios a los que se dirige, el consentimiento del consejo provincial, la autorización del obispo, la consistencia del cohermanos de la comunidad, fecha prevista de erección canónica, ...; Esta documentación se envía al Secretario General. Entonces es necesario solicitar autorización para nuevas construcciones y financiamiento, enviando al Tesorero General la documentación sobre la propiedad del terreno, el proyecto de construcción de la construcción, el costo detallado de las intervenciones, el plan financiero, ... Estas son dos autorizaciones diferentes. Dichas autorizaciones son necesarias, antes de solicitar ayudas para su financiación.
Para el cierre canónico de una comunidad salesiana, es necesario saber si el trabajo también está cerrado o no; si el trabajo permanece abierto, es necesario especificar la modalidad de su gestión, es decir, si su gestión se confiará a los laicos oa otra comunidad salesiana, ...; Si el trabajo está cerrado, indique el destino de las propiedades.
Su nombramiento es hecho por el Rector Mayor y el Consejo General, a propuesta del Provincial, previa consulta con los cohermanos (Const. 167). El Provincial no debe someter su opinión al voto del Consejo Provincial. El Rector Mayor y el Consejo General han establecido que dicha consulta debe realizarse inmediatamente antes de cada nombramiento (Reg. 154) y los resultados de la consulta deben enviarse completos al Secretario General usando el formulario correspondiente. Al enviar su opinión, el Inspector debe escribir los motivos de la elección de un cohermano en lugar de otros, que en la consulta han obtenido más informes.
El nombramiento de los directores es hecho por el Provincial con su Consejo; Es aprobado por el Rector Mayor habiendo escuchado al Consejo General. Este nombramiento debe ser precedido por una consulta entre los cohermanos de la Provincia (Const. 177; Reg. 156, 170). Se recomienda encarecidamente que la consulta para el nombramiento de los directores se realice anualmente y que de alguna manera los resultados de su participación se comuniquen a los cohermanos. Para la aprobación de los nombramientos por el Rector Mayor, es necesario indicar en la forma apropiada los resultados de la consulta, es decir, cuántos cohermanos han respondido a la consulta y cuántos cohermanos han indicado al cohermano designado. Adjunto el nuevo formulario que se enviará para la aprobación de los directores.
Para facilitar el diálogo con el cohermano sobre dificultades vocacionales, es importante saber que el Rector Mayor y el Consejo General han estado dando exclamaciones por años solo en casos excepcionales y muy raros. En su mayor parte, después de un año de "ausencia de la comunidad religiosa", se puede entender si las motivaciones del hermano tienen que ver con el discernimiento vocacional para la transición a una diócesis; en este caso, se trata de pedir una secularización "ad experimentum" o "pure et simpliciter". Adjunta a la solicitud de secularización, dirigida por el cohermano al Papa, se encuentra la carta del Obispo, que debe indicar si es una "prueba" según el canon 693, o si es una secularización "pura y simple".
En el Consejo Provincial, el Secretario Provincial y el Director Provincial son aquellos que ayudan al Provincial a preparar las prácticas legales y administrativas de manera correcta y fiel a las Constituciones y Reglamentos Generales. Ambos deben cuidar de su calificación en este sentido. Es recomendable que el secretario provincial tenga una preparación jurídica; Mejor si puede adquirir una licencia en derecho canónico. El secretario provincial y el administrador provincial deben conocer y tener a mano el volumen "Elementos jurídicos y práctica administrativa en el gobierno de la provincia". De este modo se puede garantizar la corrección, la precisión y la puntualidad.
La corrección en la preparación de las prácticas legales y administrativas es una manera, quizás no la principal pero aún importante, de vivir el Año de la Vida Consagrada y el Bicentenario, en fidelidad a Don Bosco. Así nos repetiría hoy: " Si me amaste en el pasado, continúa amándome en el futuro con la observancia exacta de las Constituciones ".
Gracias por su atención y saludos.
Don Francesco Cereda